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La jornada de 40 horas en México: la reforma escalonada y el nuevo registro

Por Florian9 min de lectura
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México tiene una semana laboral de 48 horas desde la Constitución de 1917. El 1 de mayo de 2026 eso cambió: se publicó en el Diario Oficial de la Federación una reforma a la Ley Federal del Trabajo que recorta la jornada ordinaria a 40 horas en cuatro escalones anuales.

Dentro del mismo decreto hay algo que pesa aún más para quien opera un sistema de control horario. Una nueva fracción del artículo 132 obliga a todo patrón a llevar un registro electrónico de la hora de entrada y de salida de cada trabajador y a entregarlo a la autoridad cuando se lo pida. México nunca había tenido un mandato general de registro electrónico.

Ambas cosas entran en vigor el 1 de enero de 2027. Lo que queda de 2026 es el periodo de transición.

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#Referencia rápida

ReglaValorReferencia
Jornada semanal ordinaria (meta)40 horas en 2030LFT art. 59, reformado
Jornada diaria8 diurna, 7 nocturna, 7,5 mixtaLFT art. 61
Horas extraDoble del salario por horaLFT art. 67
Horas extra por encima del tope semanalTripleLFT art. 68
Máximo diario de horas extra4 horas, en no más de 4 días por semanaLFT, reformado
Jornada total máxima12 horas con horas extra incluidasLFT, reformado
Descanso semanal1 día por cada 6 trabajados, de preferencia el domingoLFT art. 69
Prima dominical25 por cientoLFT art. 71
Descanso dentro de jornada continuaAl menos 30 minutosLFT art. 63
Vacaciones, primer año12 días, hasta 20 en el sextoLFT art. 76
Registro electrónico de asistenciaObligatorio desde el 1 de enero de 2027LFT art. 132, XXXIV
Sanción por incumplimiento250 a 5.000 UMALFT art. 994, IV Bis

#La reducción escalonada

La reforma no recorta la semana a 40 horas de golpe. Baja año con año, y el margen semanal de horas extra sube conforme avanza:

AñoJornada semanal ordinariaMáximo semanal de horas extra
2026489
2027469
20284410
20294211
20304012

El periodo del 1 de mayo al 31 de diciembre de 2026 es una ventana de transición. La primera reducción vinculante llega el 1 de enero de 2027.

El diseño es deliberado: conforme se encoge la jornada ordinaria, crece el margen legal de horas extra, de modo que el total de horas disponibles cae más despacio de lo que sugiere la cifra de portada. Un patrón con 48 ordinarias más 9 extra dispone hoy de 57 horas; en 2030 tendrá 40 más 12, es decir, 52.

#Límites diarios

El artículo 61 mantiene las cifras diarias conocidas: 8 horas en jornada diurna, 7 en nocturna y 7,5 en mixta.

Las horas extra quedan ahora limitadas a 4 horas al día en no más de 4 días por semana, y ninguna jornada puede superar las 12 horas una vez sumadas las extra.

#El pago: doble y luego triple

Esta es la parte que sorprende a los patrones extranjeros.

  • Las horas extra dentro del tope semanal se pagan al doble del salario por hora, es decir, un 100 por ciento más.
  • Las horas extra por encima del tope se pagan al triple, es decir, un 200 por ciento más.

El triple no es un escalón que se pueda presupuestar. Es la sanción por rebasar un límite que no debía rebasarse, y esas horas siguen siendo ilícitas aunque se paguen.

#El nuevo registro electrónico de asistencia

El artículo 132 enumera las obligaciones del patrón. La reforma añade una fracción XXXIV que exige llevar un registro electrónico de la jornada de cada trabajador, con la hora de entrada y la de salida, conservarlo y entregarlo a la autoridad laboral cuando lo requiera.

Vale la pena destacar tres rasgos.

Es electrónico por exigencia, no por preferencia. Una lista de firmas en papel no cumple con la redacción.

Es por trabajador y con marca de tiempo en los dos extremos. Un total mensual, o un registro de días de presencia, no satisface un deber redactado en torno a horas de entrada y salida.

Es exigible por sí mismo. El artículo 994 gana una fracción IV Bis que fija una sanción de 250 a 5.000 UMA por no llevarlo. La UMA (Unidad de Medida y Actualización) es la unidad índice que México usa en lugar del salario mínimo para las multas, y su valor se actualiza cada año, así que conviene consultar la cifra vigente antes de estimar la exposición.

Todo esto cae sobre una regla probatoria que ya favorecía al trabajador. Según los artículos 784 y 804, la carga de probar la jornada, la asistencia y el pago recae en el patrón, que debe conservar y exhibir los documentos correspondientes. Los tribunales laborales mexicanos llevan tiempo tratando la falta de un control de asistencia como razón para aceptar la versión del trabajador. Desde enero de 2027 ese mismo hueco será además una infracción administrativa autónoma.

#Descansos, domingos y vacaciones

#Descanso semanal y prima dominical

El artículo 69 concede un día de descanso por cada seis trabajados, de preferencia el domingo. Cuando alguien trabaja su día de descanso semanal, el artículo 73 obliga al patrón a pagar un salario doble por el servicio prestado, con independencia del salario que ya corresponde por el descanso. De ahí que se hable habitualmente de pago triple, aunque el artículo no use esa palabra.

Aparte, el artículo 71 concede una prima dominical del 25 por ciento sobre el salario ordinario a quien tenga el domingo dentro de su jornada habitual. Son cosas distintas y pueden concurrir.

#Descansos dentro de la jornada

El artículo 63 exige un descanso de al menos 30 minutos en una jornada continua. Cuando el trabajador no puede salir del centro durante ese descanso, el tiempo cuenta como jornada y se paga.

#Vacaciones

La Ley de Vacaciones Dignas, en vigor desde el 1 de enero de 2023, duplicó el punto de partida:

Años de servicioDías de vacaciones
112
214
316
418
520
6 a 1022

A partir del quinto año el derecho sube dos días por cada cinco años adicionales de servicio. Encima se paga una prima vacacional de al menos el 25 por ciento del salario del periodo, y el aguinaldo de al menos 15 días de salario se abona a más tardar el 20 de diciembre.

#Teletrabajo

El capítulo XII Bis de la LFT, añadido en enero de 2021, regula el teletrabajo cuando alguien trabaja a distancia más del 40 por ciento de su tiempo. Exige acuerdo por escrito, que el patrón provea el equipo, que asuma una parte de los costos de internet y electricidad, y que respete el derecho a la desconexión fuera del horario pactado.

La NOM-037-STPS-2023 añade la capa de seguridad y salud, con una lista de verificación de condiciones del lugar de trabajo y el deber de identificar riesgos psicosociales. Convive con la NOM-035-STPS-2018, que cubre los factores de riesgo psicosocial en general y espera que el patrón identifique la carga de trabajo excesiva como uno de ellos.

Los límites de jornada y el nuevo registro de asistencia se aplican al teletrabajo igual que al trabajo presencial.

#Inspección y sanciones

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) inspecciona y sanciona. Desde la reforma de justicia laboral de 2019, los conflictos individuales van a los Tribunales Laborales, órganos judiciales que sustituyeron a las antiguas Juntas de Conciliación y Arbitraje, con una etapa de conciliación previa obligatoria.

Las multas del artículo 994 se expresan en UMA y escalan según la infracción. La nueva fracción IV Bis, la del registro de asistencia, se sitúa entre 250 y 5.000 UMA.

Hallazgos frecuentes:

  • ningún control de asistencia, o uno que solo muestra días de presencia
  • horas extra por encima del tope semanal pagadas al doble y no al triple
  • jornada total de 12 horas rebasada
  • prima dominical omitida para quien tiene el domingo en su jornada habitual
  • teletrabajadores tratados como si quedaran fuera de las reglas de jornada

#Lista de comprobación

  1. Planifica ya el escalonamiento. El primer recorte es el 1 de enero de 2027, y los cuadrantes, los turnos y las reglas de nómina tienen que moverse con él.
  2. Pon en marcha un registro electrónico de asistencia antes de enero de 2027, capturando entrada y salida por trabajador.
  3. Controla el tope semanal de horas extra por persona para que el doble no se convierta en silencio en el triple.
  4. Vigila la jornada total de 12 horas cuando programes horas extra sobre un turno completo.
  5. Aplica por separado la prima dominical y el pago del día de descanso. Son derechos distintos.
  6. Extiende todo lo anterior al personal en teletrabajo, que está dentro de las reglas y no fuera.

#Preguntas frecuentes

¿Ya está vigente la jornada de 40 horas? No. El decreto se publicó el 1 de mayo de 2026, pero la reducción arranca el 1 de enero de 2027 y llega a 40 horas en 2030. 2026 sigue siendo un año de 48 horas.

¿La reforma recorta el salario junto con la jornada? No. La reforma reduce la jornada ordinaria sin reducir salarios, que es justamente el sentido del calendario escalonado: da tiempo a ajustar plantillas en lugar de sueldos.

¿Qué debe contener exactamente el nuevo registro? La hora de entrada y la de salida de cada trabajador, en electrónico, conservado y exhibido a la autoridad cuando lo pida. Conviene construirlo de modo que muestre también los descansos y el total diario, porque de ahí dependen los cálculos de horas extra y del tope de 12 horas.

Somos una empresa pequeña, ¿estamos exentos? La obligación del artículo 132 no está redactada con un umbral de plantilla, a diferencia de la regla brasileña de 20 empleados. Cuenta con que te aplique.

¿Cuánto vale una UMA? La UMA es una unidad índice que fija cada año el INEGI y que se usa en lugar del salario mínimo como base de multas y de diversas obligaciones. Consulta el valor diario vigente y multiplica, en vez de apoyarte en una cifra de un año anterior.

#Resumen

  • La jornada ordinaria baja de 48 a 40 horas entre 2027 y 2030, dos horas por año
  • El margen semanal de horas extra sube de 9 a 12 horas en ese mismo periodo
  • Las horas extra se pagan al doble dentro del tope y al triple por encima, con un máximo de 12 horas diarias
  • Desde el 1 de enero de 2027, todo patrón debe llevar un registro electrónico de entrada y salida por trabajador
  • No llevarlo se sanciona con 250 a 5.000 UMA conforme al nuevo artículo 994, IV Bis
  • El patrón ya soporta la carga de probar la jornada según los artículos 784 y 804

#Fuentes

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